Pregunta realizada por el asesor
Sobre un solar se construye una vivienda ¿La venta posterior del solar y la vivienda construida tributa en el IVA al tipo general del 21% o al reducido del 10%?
Respuesta generada por Ai Consultas
Para responder a tu consulta sobre la tributación en el IVA de la venta de un solar y la vivienda construida sobre él, es necesario analizar varios aspectos normativos y doctrinales. A continuación, se proporciona una respuesta detallada y fundamentada en la normativa vigente y en las consultas vinculantes y resoluciones del TEAC.
1. Tributación de la Venta del Solar
Normativa Aplicable:- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Artículos 90 y 91.
- Consultas Vinculantes DGT: V2759-21 y V0393-23 .
- Resolución TEAC: 00/00972/2018/00/0/1 .
- La consulta vinculante V2759-21 establece que la entrega de terrenos edificables tributa al tipo general del 21% del IVA.
- La consulta vinculante V0393-23 también confirma que la transmisión de un solar está sujeta al tipo general del 21%.
2. Tributación de la Venta de la Vivienda Construida
Normativa Aplicable:- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Artículos 90 y 91.
- Consultas Vinculantes DGT: V2326-18 y V2759-21 .
- Resolución TEAC: 00/00972/2018/00/0/1 .
- La consulta vinculante V2326-18 establece que la entrega de viviendas aptas para su uso como tales, con la correspondiente cédula de habitabilidad, tributa al tipo reducido del 10%.
- La resolución del TEAC 00/00972/2018/00/0/1 también confirma que, si en el momento de la entrega la vivienda dispone de la cédula de habitabilidad y es objetivamente apta para su uso como vivienda, se aplica el tipo reducido del 10%.
3. Consideración de Operación Única
Normativa Aplicable:- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Artículos 90 y 91.
- Consultas Vinculantes DGT: V2759-21 y V0393-23 .
- Resolución TEAC: 00/00972/2018/00/0/1 .
- La consulta vinculante V2759-21 y la resolución del TEAC 00/00972/2018/00/0/1 indican que, si se puede demostrar que la entrega del solar y la construcción de la vivienda forman parte de una única operación económica, se puede aplicar el tipo reducido del 10% a toda la operación.
Conclusión
- Venta del Solar: La venta del solar tributa al tipo general del 21% del IVA.
- Venta de la Vivienda Construida: La venta de la vivienda construida tributa al tipo reducido del 10% del IVA, siempre que la vivienda disponga de la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación en el momento de la entrega.
- Operación Única: Si se puede demostrar que la venta del solar y la construcción de la vivienda constituyen una única operación económica, se puede aplicar el tipo reducido del 10% a toda la operación.
- Consultas Vinculantes DGT: V2326-18 , V2759-21 , V0393-23 .
- Resolución TEAC: 00/00972/2018/00/0/1 .
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Artículos 90 y 91.
Referencias
DGT – V2759-21 – SG de Impuestos sobre el Consumo El consultante, persona física, pretende la adquisición de un solar…
DGT – V2326-18 – SG de Impuestos sobre el Consumo La sociedad consultante se dedica a la construcción de viviendas y …
DGT – V0393-23 – SG de Impuestos sobre el Consumo La persona física consultante va a adquirir a una sociedad un solar…
INFORMA – 147240 – 147240-SOLAR PERTENECIENTE AL PATRIMONIO PRIVADO…
INFORMA – 146448 – 146448-AFECTACIÓN DE PARTE DE LA VIVIENDA A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL…
INFORMA – 145903 – 145903-ADQUISICIÓN VIVIENDA MEDIANTE DOS OPERACIONES SEPARADAS…
INFORMA – 144389 – 144389-VIVIENDAS CONSTRUIDAS PARA ARRENDAR SON APORTADAS A UNA SOCIEDAD…
INFORMA – 142825 – 142825-ENTREGA VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA….
TEAC – 00/00972/2018/00/0/1 – Asunto:IVA. Aplicación del tipo impositivo reducido en las entregas de edificios o partes de los mis…